Cambio de sistema

Cambio de sistema

viernes, 11 de octubre de 2013

LA ILEGITIMIDAD DEL RESCATE BANCARIO Y SUS EFECTOS SOBRE EL SOBREENDEUDAMIENTO



Carlos Sánchez Mato
Economista
Plataforma por la Nacionalización de las cajas de ahorro y por una banca pública




La deuda pública se ha disparado en los últimos cinco años desde el estallido de la crisis. En ese crecimiento desaforado de la deuda pública tiene indudable protagonismo la concesión de ingentes ayudas económicas al sector bancario para su rescate. Si en algo han estado de acuerdo el anterior y el actual gobierno ha sido en salvar a las entidades financieras con el dinero de todos.
Demagogia, dirán algunos, pero los datos oficiales no dejan lugar a dudas. Del total de ayudas públicas recibidas por el sector financiero, 64.262 millones de euros han pasado a engrosar las obligaciones que el Estado tendrá que devolver en los próximos años, causando un impacto directo en el sobreendeudamiento de las Administraciones Públicas.  

Pero siendo considerable el impacto directo en la deuda pública de las políticas llevadas a cabo por los sucesivos gobiernos para salvar a las entidades bancarias, no es éste ni el único efecto ni el más cuantioso sobre el pasivo de las Administraciones Públicas. Es indispensable registrar la existencia de los pasivos contingentes que el propio Banco de España considera como riesgos asociados a las garantías prestadas por las Administraciones Públicas:

·         En primer lugar hay que considerar el impacto indirecto en la deuda pública que causan los avales a emisiones de deuda realizada por entidades bancarias y el SAREB y los préstamos que las entidades bancarias han contraído con el Banco Central Europeo de los que responde en última instancia el Banco de España.  El impacto indirecto del rescate bancario en la deuda pública ascendía a finales de 2012 a 472.185 millones de euros[1]. Hay que destacar que este rubro no está contabilizado como deuda pública dada su consideración de “riesgo indirecto”, es decir, que no es el Estado el que debe responder en primera instancia de esa deuda, salvo si las entidades obligadas no son capaces de hacer frente a esos compromisos La deuda garantizada se registra en el pasivo del agente que recibe la garantía (es decir, de las entidades bancarias). No obstante, estas garantías suponen unos pasivos contingentes para las finanzas públicas, de modo que, si la garantía fuese ejecutada total o parcialmente, las Administraciones Públicas asumirían la totalidad de la deuda y se incrementaría el déficit y la deuda de las Administraciones Públicas[2].

·         Además del impacto indirecto, para evaluar de forma adecuada los riesgos asumidos por el Estado en el proceso de rescate bancario, hay que incorporar el efecto oculto que suponen el aval implícito que el Estado está otorgando a los depósitos bancarios de hasta 100.000 euros por titular y los esquemas de protección de activos que aseguran las pérdidas futuras sobre la cartera de créditos de entidades nacionalizadas y que posteriormente han sido privatizadas.  Eso supone añadir 823.362 millones de euros al riesgo soportado por el Estado que, como en el caso de las anteriores garantías, tampoco están contabilizados como deuda pública y además no figuran estadísticamente ni siquiera como riesgo indirecto[3]. El propio Banco de España en su Boletín Económico de Julio-Agosto de 2013 señala que “además de los avales y garantías concedidos por las Administraciones Públicas sobre los pasivos que contraen otros sectores, existen otros tipos de pasivos contingentes de diferente naturaleza o con un valor de riesgo asociado de difícil medición, entre los que destacan los compromisos de pago en el futuro de los gastos en pensiones y las garantías a los depositantes hasta los límites establecidos en las entidades de crédito que participan en el Fondo de Garantía de Depósitos, unidad que desde el 1 de enero de 2012 forma parte del sector de las Administraciones Públicas”. 

En definitiva, las políticas gubernamentales articuladas para rescatar al sector bancario han comprometido gravemente la solvencia de las Administraciones Públicas ya que, al incremento de deuda pública imputable de forma directa a su salvamento, hay que añadir el impacto potencial en forma de garantías y avales prestadas al sector que, aunque no figuren como deuda pública, supondrían un lastre insostenible para el Estado si se produjera una quiebra de las entidades bancarias.  Que le pregunten a muchas familias desahuciadas si un aval puede llegar a ser un problema.

Los daños causados por la ilegitimidad de este rescate únicamente pueden ser subsanados con la nacionalización de la práctica totalidad del sector financiero por la conversión de las ayudas públicas ya desembolsadas en capital.  Pero de nada serviría esa medida si únicamente se plantease de forma temporal. La gestión y la administración de los ahorros de la sociedad son demasiado sensibles y vitales como para dejarlas en manos privadas. No es admisible la opción a la que parecemos abocados en el presente: que el Estado sanee las entidades bancarias con fondos que detrae de las partidas presupuestarias destinadas al gasto social para regalárselas a continuación a los mismos que las han llevado a la ruina.

Lo que entre todos estamos pagando, de todos debe ser.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de Banco de España, FROB, Tesoro y FGD



La Plataforma de Auditoría Ciudadana de la Deuda ha publicado un informe en el que analiza la ilegitimidad que suponen los rescates bancarios y propone alternativas para que no recaiga sobre el conjunto de la población, la quiebra del sistema financiero.






[1] Las ayudas públicas al sector bancario. Sánchez Mato C. 2013.
[2] La evolución de la deuda pública en España desde el inicio de la crisis. Boletín Económico Julio 2013 Banco de España.
[3] Las ayudas públicas al sector bancario. Sánchez Mato C. 2013.

No hay comentarios:

Publicar un comentario